Una de las garantías más eficaces que tiene una empresa para garantizar el cumplimiento de un compromiso adquirido con un tercero es lo que se conoce como seguro de caución. En tiempos de crisis o de economía convulsa, el seguro de caución se convierte en un importante soporte para aquellas empresas que tengan que emprender nuevos proyectos o tengan que impulsar proyectos ya en marcha.

El seguro de caución, llamado también seguro de garantía, es un contrato de seguro que está legislado en el artículo 68 de la Ley 50/1980 de la Ley del Contrato de Seguro y mediante el cual la empresa aseguradora se obliga a indemnizar al asegurado en caso de que el tomador del seguro incumpla las obligaciones que mantenga con aquél. Así, el seguro de caución es un instrumento al que se recurre cuando una de las partes de un contrato exige a la otra una garantía que brinde las obligaciones que en virtud del contrato se hayan establecido. El seguro de caución, pues, cumple la misma función que los avales bancarios. Unos y otros, sin embargo, se diferencian en el servicio y en el precio. El seguro de caución es más barato que el aval bancario. ¿Por qué? Porque no se precisa, para firmarlo, la intervención de un fedatario público. Las aseguradoras no acostumbran a solicitar su intervención cuando se contrata un seguro de este tipo.

El seguro de caución acostumbra a ser un producto necesario/obligatorio cuando se tiene que firmar un contrato con la Administración Pública.

En el seguro de caución intervienen tres figuras:

  • El tomador del seguro o contratante del mismo, es decir: la persona física o jurídica que contrata el seguro y que está obligado al pago de la prima.
  • El asegurado o beneficiario. O sea: la persona física o jurídica que recibiría la indemnización en caso de que el tomador del seguro no cumpliera sus obligaciones para con él.
  • Asegurador o compañía aseguradora.

El seguro de caución sirve para proteger al asegurado pero nunca al tomador del seguro. Si éste incumple las obligaciones contraídas con el beneficiario del contrato por causas que le sean imputables, se verá en la obligación de reembolsar a la aseguradora el importe que ésta haya tenido que pagar por dicho siniestro. La ley del Contrato de Seguro lo especifica claramente al señalar que “todo pago hecho por el asegurador deberá serle reembolsado por el tomador del seguro”.

El estar el tomador del seguro obligado al reembolso de las cantidades pagadas por la aseguradora determina los procesos de aprobación de los seguros de caución. Este tipo de seguros están sujetos a un estudio exhaustivo y pormenorizado de la solvencia tanto financiera como moral del tomador del seguro. En determinadas circunstancias y ante determinados riesgos u operaciones, las compañías aseguradoras rechazan la suscripción de determinados seguros de caución.

Modalidades del contrato de caución

Dentro del contrato de caución podemos encontrar varias modalidades. No en vano, este tipo de seguro se puede exigir en todas las relaciones jurídicas que precisen de una garantía adicional que refuerce y sirva de sostén a las obligaciones que se hayan alcanzado en ese contrato.

Los seguros de caución suelen contratarse preferentemente cuando se firman contratos de suministro o ejecución de obra. Las modalidades más comunes del seguro de caución son las siguientes:

  • Garantía de contrato.
  • Garantías Aduaneras. El seguro de caución es exigido aquí por las administraciones aduaneras. Con él, las aduanas persiguen asegurarse el cobro de las deudas tributarias. Las principales garantías que incluye esta modalidad de seguro de caución son la importación temporal, el depósito aduanero y el derecho antidumping.
  • Garantías para agencias de viajes. Las agencias de viajes deben prestar garantía ante la Administración para poder operar. Con la contratación de esta modalidad de seguro de caución prestan dicha garantía.
  • Garantías de Fidelidad. Esta modalidad de seguro de caución sirve para cubrir a los depositarios de mercancías y para cubrir la infidelidad de los empleados.
  • Seguros de Afianzamiento. Este tipo de seguro de caución sirve para proteger al comprador de una vivienda. Con él se garantiza al comprador de una vivienda el reembolso del anticipo que ha dado por la vivienda si ésta no le fuera entregada. En esta modalidad de seguro de caución, el tomador es la persona física o jurídica que actúa como promotor y los asegurados son los compradores de las viviendas.