Tarde o temprano, bien sea por la muerte de un familiar, bien por alguna otra cuestión, nos vemos inmersos en cuestiones hereditarias. La complejidad de la normativa hereditaria y la de los trámites de partición ligados a ella acostumbran a desembocar en una serie de problemas que hacen que el heredar no sea siempre una tarea sencilla.

Con el fin de prever y evitar dichos problemas, es fundamental recurrir a un abogado especialista en herencias para gestionar todo el arduo papeleo en que desemboca la enrevesada normativa hereditaria. Al tratarse de un tema sensible y muy personal, comúnmente asociado a factores sentimentales, el cliente agradece que alguien se encargue en ese momento de toda la tramitación de herencia y de todo el papeleo que conlleva.

Nosotros le asesoramos profesionalmente sobre todos los servicios relacionados con herencias y testamentos:

  • Redacción de informes.
  • Aceptación y reclamación de herencias familiares.
  • Asesoramiento de la redacción de testamentos.
  • Partición concertada de herencias.
  • Reclamaciones de legítimas y de legados.
  • Declaración de herederos.
  • Fiscalidad y tributación en materia sucesoria.
  • Procesos y negociaciones judiciales en la partición de herencia.
  • Negociaciones extrajudiciales entre los herederos.

Abogados especialistas en herencias

Consulta online

Si necesita asesoramiento legal sobre estas cuestiones, puede escribirnos un mail a info@bufete-de-abogados.com o rellenar nuestro formulario:

    Realizamos consultas online a precios muy competitivos. Además tenemos abogados asociados por ciudades de toda España, como por ejemplo: Barcelona, Madrid, Valencia, Alicante, Sevilla, Málaga, Zaragoza, La Coruña, Vigo, Murcia, Palma de Mallorca, Bilbao, Valladolid, Asturias, etc que ofrecen servicios baratos y económicos al alcance de cualquier persona.

    Abogados herencias

    Caso real de Testamento ológrafo

    El padre de Raúl G.B., Alfonso G.C., murió hace cinco años. Cuando murió, Alfonso apenas tenía trato con sus hermanos y su relación con su padre (su madre y abuela de Raúl había muerto cuando él era pequeño) se limitaba a dos o tres llamadas telefónicas al cabo del año. El hecho de que el abuelo de Raúl comenzara a padecer Alzheimer hizo que esas llamadas telefónicas se espaciaran aún más hasta desaparecer.

    El hecho de que Alfonso no pudiera ayudar ni por capacidad económica ni por posibilidad de desplazarse al lugar de residencia de su padre (Alfonso emigró cuando era joven y vivía en una Comunidad Autónoma distinta a su padre) hizo que su relación con sus hermanos acabara por deteriorarse.

    Dos años después de morir Alfonso murió su padre, el abuelo de Raúl. Cuando murió, el abuelo no había hecho testamento ante notario, pero uno de sus hijos (Pedro, hermano de Alfonso y tío de Raúl) sostenía poseer un testamento ológrafo en el que se especificaba que él, Pedro, que había sido el encargado de cuidar del enfermo y asistirlo en su enfermedad, debía ser el único heredero de todos los bienes del difunto.

    Raúl consideró que eso no se ajustaba a Derecho, que a él le correspondía su parte de la legítima y que ese testamento ológrafo no tenía validez. Por ese motivo Raúl recurrió a nosotros para intentar asesorarse al respecto y actuar en consecuencia.

    El letrado, en nombre de Raúl, y el resto de presuntos herederos iniciamos los trámites para aclarar el tema de la herencia. Presentado el documento ológrafo ante el Juzgado de Primera Instancia, se comprobó, tras el cotejo pericial de letra, que dicho documento había sido escrito verdaderamente por el difunto, por lo que la protocolización del mismo podía realizarse y, por tanto, considerarse como auténtico.

    La reclamación que se hizo sobre la capacidad mental del testador en el momento de redactar el documento (¿hasta qué punto el Alzheimer había hecho presa de él?) sirvió para que el Juez considerara que aquel testamento ológrafo no podía protocolizarse y, con ello, el reparto de la herencia del difunto se realizara siguiendo las reglas comunes del Derecho Común. Eso permitió que Raúl, nuestro cliente, recibiera su parte correspondiente de la legítima de su abuelo.

    El caso explicado sirve para demostrar hasta qué punto son importantes los profesionale especializados. Y es que no siempre los herederos legales están de acuerdo sobre cómo se reparte una herencia ni tampoco siempre la persona fallecida ha tenido la previsión de hacer testamento y especificar ahí, dentro de los márgenes que la ley otorga, cómo debe repartirse una herencia.

    Hay situaciones de herencia sin testamento y situaciones en las que éste ha sido declarado nulo. Contar en momentos así con un buen asesor legal es una buena manera de asegurar un justo y equitativo reparto del caudal hereditario de la persona fallecida.

    Herederos

    La importancia de hacer testamento

    Los abogados de herencias acostumbran a remarcarlo: es muy importante hacer testamento. ¿Por qué? En primer lugar: porque ayuda a que se hagan realidad los deseos del testador respecto a sus bienes tras su fallecimiento. Y en segundo lugar: porque facilita el reparto de esos bienes entre los herederos.

    En caso de no existir testamento el reparto de bienes se realiza en base a una declaración de herederos. Esta declaración la realizará un Notario (en el caso de que quién la solicite guarde algún grado de parentesco con el fallecido) o, en caso de que quien la solicitara no fuera familiar de aquél, el Juzgado de Primera Instancia.

    Entre los diferentes tipos de testamento, el más común es el testamento abierto. Esta modalidad es la más utilizada y la que los profesionales de la abogacía y el Derecho más suelen recomendar. Muchas personas se preguntan cuánto cuesta hacer un testamento de este tipo. No demasiado. Dependiendo de la Notaría y de la complejidad del documento, entre los 50 y los 80 euros. Un gasto poco significativo teniendo en cuenta la de problemas y conflictos que pueden evitarse después.

    Para otorgar un testamento de este tipo se deben cumplir unos requisitos mínimos:

    • Tener más de 14 años.
    • Identificarse correctamente.
    • Estar en plena posesión de nuestras facultades.

    Estar asesorado en todo momento por un profesional del derecho experto en testamentos y herencias no es un requisito sine qua non, pero sí algo muy recomendable. Un buen asesor legal ayudará a alcanzar un desenlace satisfactorio.

    Testamento

    ¿Cómo se tramita una herencia?

    Una vez fallecida la persona de la que nos sabemos herederos, ¿qué debemos hacer?, ¿cuáles son los trámites que debemos seguir?, ¿cuánto dura todo el proceso?

    Todas estas preguntas son las que suele hacerse un heredero. Vamos a intentar contestarlas todas ellas.

    Los trámites de reparto de una herencia se inician con una recopilación de certificados. Esos certificados son:

    1. Certificado de defunción. Se solicita en el Registro Civil en el que se haya inscrito el fallecimiento.
    2. Certificado de últimas voluntades. Se solicita al Ministerio de Justicia.
    3. Certificado de seguros con coberturas del fallecimiento. Debe solicitarse al Ministerio de Justicia antes de que transcurran 15 días del fallecimiento del testador.

    Una vez recibido el Certificado de últimas voluntades sabremos si la persona fallecidad había o no había otorgado testamento. Si lo había otorgado, se solicitará copia autorizada del mismo en la Notaría que refleja el mencionado certificado.

    En el caso de que la persona fallecida no hubiese realizado testamento deberá tramitarse la declaración de herederos. Como hemos indicado en el apartado anterior, deberá solicitarse en una Notaría si se es familiar del fallecido o en el Juzgado de Primera Instancia si no se es. Este trámite conducirá a la declaración de herederos abintestato.

    Para conocer los bienes de la persona fallecida debemos dirigirnos a:

    • Registro de la Propiedad. Nos dará información sobre bienes inmuebles de su propiedad.
    • Consulta de la base de datos notarial. Aquí se pueden encontrar inmuebles y otros tipo de escrituras como avales en pólizas mercantiles, préstamos hipotecarios, etc.
    • Entidades bancarias.
    • Jefatura Provincial de Tráfico.
    • Catastro.
    • Hacienda.
    • Banco de España.

    En estos organismnos hay que justificar interés legítimo al solicitar la información sobre los bienes inscritos de la persona fallecida.

    Abogados de herencias

    ¿Cómo se reparte una herencia?

    Las herencias, una vez realizado todo el trámite y conocido el caudal hereditario de la persona fallecida, deben repartirse. Son muchas las preguntas que los herederos suelen hacerse al respecto. Una de ellas, por ejemplo, es esta: ¿cuál es la herencia legítima? Otra muy habitual es: ¿dónde se paga el impuesto de sucesiones?. Para dar respuesta a ella y proceder en todo momento de acorde a lo que determina la Ley, lo mejor es, siempre, recurrir a los servicios de los abogados especialistas en herencias.

    Los abogados expertos en herencias, como expertos en Derecho Sucesorio que son, asesoran a sus clientes con el objetivo de facilitar todo el trámite de la sucesión y, al mismo tiempo, garantizar el respeto a los derechos de todos los interesados en el reparto de una herencia.

    Uno de los consejos que suelen dar estos profesionales del derecho es el de realizar un cuaderno particional. En este documento se formaliza qué parte de la herencia corresponde a cada uno de los herederos o legatarios del fallecido. En ese cuaderno se recogen los datos de los gienes, derechos y deudas, así como el valor de todo ello.

    Una vez se hayan valorado todos los bienes que componen la herencia se procede a la liquidación de la misma y a su aceptación. Si no existieran bienes inmuebles, para realizar el reparto bastaría con la redacción de un cuaderno particional privado.

    Cuando existen bienes inmuebles y los herederos tienen pensado ponerlo a la venta es necesario elevar el reparto a escritura pública que deberá ser firmada ante Notario.

    Abogados expertos en herencias