Todo tiempo nuevo trae nuevos delitos. El uso de los medios de comunicación electrónicos (redes sociales, redes de mensajería instantánea tipo whatsapp, el correo electrónico, los blogs, etc.) ha traído una nueva hornada de tipologías delictivas. Entre los nuevos delitos hay dos que tienen que ver directamente con el sexo y con el uso de esos nuevos sistemas de comunicación. Esos dos delitos son el sexting y el grooming.

En este artículo vamos a ver qué es sexting, qué es el grooming y cuáles son las penas que el Código Penal español reserva para estos delitos.

¿Qué es sexting?

Formada a partir de los términos “sex” (que significa sexo) y “texting” (que se traduce como envío), la palabra sexting hace referencia a una práctica consistente en enviar mensajes, fotografías o vídeos de carácter sexual a través de Internet.

Esta práctica, fruto de los nuevos tiempos, está muy extendida tanto entre adultos como entre adolescentes y tanto en el ámbito de las parejas estables como en el de las circunstanciales. Para estas parejas, el uso de esta práctica es un aliciente sexual más.

El sexting, sin embargo, puede convertirse en delito. ¿Cuándo? Cuando, sin autorización de la persona que aparece en esas imágenes de contenido sexual, los vídeos o fotografías íntimos de dicha persona son revelados, difundidos o cedidos a terceros.

La Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, introdujo el delito de sexting tanto para los mayores como para los menores de edad. Este delito de los nuevos tiempos están recogidos en los artículos 183.1 y 197.7 del Código Penal.

El Código Penal especifica que, en los casos de delitos de sexting, la pena a imponer al culpable del mismo debe ser de tres meses a un año o de una multa de seis a doce meses.

Si el delito ha sido cometido por el cónyuge o por una persona que esté o haya estado unida a la víctima por una relación de afectividad análoga (aunque no haya existido convivencia), la pena se agravará.

También existirá agravante para la pena por sexting cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

  • Que la víctima sea menor de edad (es decir: tenga menos de 16 años).
  • Que la víctima posea una discapacidad y necesita una protección especial.
  • Que los hechos se hubieran cometido con una finalidad lucrativa.

Sexting

¿Qué es el grooming?

Cuando se habla de grooming o de child grooming se habla de aquellas acciones o estrategias que un adulto lleva a cabo para, a través de internet, ganarse la confianza de un menor con el objetivo de conseguir favores de carácter sexual.

Al hablar de esta práctica estamos hablamos, directamente, de un delito de acoso sexual a menores en la red. Quienes protagoniza estas acciones reciben el nombre de groomer.

Para conseguir sus fines, los groomer emplean la táctica de hacerse pasar por menores. Tras ganarse su confianza, consiguen que éstos les envíen contenido de índole sexual. Conseguidos dichos vídeos, algunos delincuentes los utilizan para, mediante el chantaje y la extorsión, citarse con la víctima para abusar de ella convirtiéndose así en pederasta.

Según nuestra legislación, comete delito de grooming quien busque captar o utilizar a menores de edad en espectáculos exhibicionistas o pornográficos para elaborar cualquier tipo de material pornográfico, sea cual sea su soporte, o para que ese menor con el que se ha contactado le facilite material pornográfico o le muestre imágenes pornográficas en las que se represente o aparezca un menor.

El Código Penal especifica también que se castigue a quien financie estas actividades o a quien se lucre, produzca, venda, distribuya, exhiba, ofrezca o facilite la producción, venta, difusión o exhibición de cualquier medio de pornografía infantil.

Este se castiga con penas de uno a tres años de prisión o con una multa de doce a veinticuatro meses. Cuando exista intimidación, coacción o engaño, la pena se impondrá en su mitad superior.

El child grooming fue introducido como delito en la legislación española en el año 2010.

Grooming

El delito de sextorsión

El término de sextorsión está muy relacionada con los términos ya tratados de sexting y grooming, pero no hay que confudirlo exactamente con ninguno de los dos. Solo cuando existe chantaje sexual puede hablarse de sextorsión.

El chantaje puede efectuarse utilizando imágenes obtenidas de las dos prácticas ya citadas o, directamente, del hackeo.

Lo que los extorsionadores suelen pedir a cambio de no difundir contenido privado de la víctima (fotos y vídeos sexualmente explícitos) suele ser dinero, más contenido del mismo tipo o favores de índole sexual.

Entre los derechos vulnerados con estas prácticas podemos señalar los derechos a la intimidad, a la propia imagen, a la libertad e indemnidad sexual, a la seguridad digital y a la integridad moral.

La valoración judicial de cada caso en concreto determina el grado de la pena.

¿Qué es sexting?