Uno de los trámites más habituales a los que debe enfrentarse un abogado especializado en extranjería en nuestro país es el de homologar un título extranjero. En este artículo vamos a intentar recoger los principios básicos que regulan la homologación de títulos extranjeros en España.

Cuando hablamos de homologar un título extranjero a un título español nos estamos refiriendo a la concesión al extranjero poseedor de dicho título de la posibilidad de ejercer una determinada profesión regulada con las mismas condiciones que aquellos que posean un título español.

Para homologar un título extranjero en España es necesario, en primer lugar, que dicho título habilite para el ejercicio de profesiones reguladas. Para que dicha homologación sea efectiva se deberá tener en cuenta la normativa que establece los requisitos necesarios para que pueda producirse la verificación de los títulos universitarios oficiales que habilitan para el ejercicio de una profesión.

La homologación de un título extranjero es un concepto diferente al del reconocimiento de cualificaciones profesionales. La homologación tiene un doble objeto:

  • Determinar la equivalencia de la titulación y el nivel académico.
  • Convalidar determinados períodos de estudios extranjeros de educación superior por los correspondientes españoles de enseñanzas universitarias.

Requisitos para homologar un título extranjero

Sabido esto, ¿qué requisitos deben cumplirse para poder homologar un título extranjero en España? Fundamentalmente, los siguientes:

  • El título que se desea homologar debe haber sido expedido por una autoridad competente del país de origen.
  • El poseedor del título que quiere homologarse debe acreditar que cumple los requisitos de nivel de estudios exigidos en España para el acceso a la formación de Grado o Máster.
  • El poseedor del título que quiere homologarse deberá acreditar que ha superado un ciclo completo de estudios post secundarios que acredite un nivel académico equivalente a la de los títulos de Grado o Máster.
  • El poseedor del título que quiere homologarse debe acreditar que se han obtenido las competencias formativas propias del título al que se solicita la homologación.
  • Pago de la tasa exigida por la administración. El pago de la tasa no está sujeto a plazo de solicitud.

Si cumple dichos requisitos, quien desee homologar un título extranjero en España, deberá presentar una solicitud que deberá ir acompañada de la siguiente documentación.

  • Copia compulsada del documento que acredite la identidad y la nacionalidad del solicitante. Si quien solicita la homologación del título extranjero es un ciudadano español, deberá presentar una fotocopia compulsada del DNI o una autorización para verificar los datos de identidad que obren en poder de la Administración.
  • Copia compulsada del título cuya homologación se solicita o de la certificación acreditativa de su expedición. En el caso de que fuera necesaria, el interesado en solicitar la homologación de un título extranjero deberá entregar copia compulsada de la correspondiente traducción oficial. La ley determina que los documentos que no estén expedidos en español tendrán que ser traducidos a este idioma por un intérprete jurado autorizado en España o por cualquier representante diplomático o consular del Estado en el extranjero o del país de origen del solicitante de la homologación del título.
  • Copia compulsada de la certificación académica de los estudios realizados por el solicitante para la obtención del título. En dicha copia debe constar la duración oficial, en años académicos, del plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga horaria de cada una de ellas.
  • Acreditación del pago de la tasa exigida para la homologación del título.
  • Acreditación de la competencia lingüística necesaria para el ejercicio en España de la correspondiente profesión regulada.

Todos estos documentos que hemos indicados son imprescindibles para tramitar la homologación de un título extranjero en España. La Administración, por su parte, podrá exigir aquella documentación adicional que considere oportuna y necesaria. Los documentos que se aporten deberán ser, en todo caso, oficiales.

Las fotocopias de los documentos exigidos para proceder a la homologación de títulos extranjeros en España podrán ser compulsadas en los siguientes lugares:

  • Registro del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
  • Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
  • Embajadas y Consulados de España.
  • Notario.

La solicitud de la homologación de títulos extranjeros podrá presentarse en cualquier registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y en algunos registros de las Administraciones Locales.